Comisión Comunal


Javier Enrico
Javier Enrico

Presidente Comunal

Contador Público Nacional

Damián Franzen
Damián Franzen

Vice Presidente

Graciela Rossi
Graciela Rossi

Tesorera

Natalia Balleis
Natalia Balleis

Secretaria

Matías Badano

Vocal por la minoría

Comisión Contralora de Cuentas


Andrés Williner
Carlos Nagel
Gabriela Ocampo
Secretaria de Gobierno
Luciana Ferreyra
lferreyra@franck.gob.ar
Director de Obras y Serv. Públicos
Luis Arnoldt
arnoldt@franck.gob.ar
Director de Gestión Ambiental
Mario De Piante
medioambiente@franck.gob.ar
Director de Gestión Educativa
Julián Ovando
gestioneducativa@franck.gob.ar
Director de Desarrollo Productivo
Nicolás Beresvil
produccion@franck.gob.ar
Directora de Viviendas
Natasia Fenske
viviendas@franck.gob.ar
Director del C.A.P.S.
Dante Rubio
caps@franck.gob.ar
Jueza de Faltas
Luciana Lovisa
juzgadodefaltas@franck.gob.ar
Asesor Legal
Marcelo Schmidt
juridico@franck.gob.ar

Constitución de la Provincia de Santa Fe

Régimen Municipal

Las poblaciones que tengan más de diez mil habitantes se organizan como municipios por ley que la Legislatura dicte en cada caso, y las que no reúnan tal condición como comunas.

El gobierno está a cargo de una Comisión Comunal, elegida directamente por el cuerpo electoral respectivo, y renovada cada dos años en su totalidad.

Ley orgánica de comuna de la Provincia de Santa Fe Nº 2.439

Las Comisiones Comunales

Serán de cinco miembros titulares e igual número de suplentes, cuando las villas hayan alcanzado una población de mil quinientos habitantes en su ejido urbano.

Cuando las Comisiones se constituyan por cinco miembros, se elegirán cuatro por la mayoría y uno por la minoría y cuando fueren de tres miembros, dos por la mayoría y uno por la minoría.

Del Contralor de Cuentas

Conjuntamente con la Comisión Comunal y en idéntica forma, se elegirá por dos años una Comisión de Contralor de Cuentas, compuesta de tres miembros titulares e igual número de suplentes.

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